Rendimientoscon período de generación superior a dos años, distintos de los derivados de sistemas de previsión social: reducción del 30 por 100; 2. Reducción en el rendimiento neto por inicio de una actividad económica; Reducciones generales por el ejercicio de determinadas actividades económicas. 1.
Enestos supuestos y siempre que se cumpla la totalidad de los requisitos establecidos, procederá aplicar tanto la reducción por obtención de rendimientos del trabajo como la reducción por el ejercicio de determinadas actividades económicas. f) Que al menos el 70 por 100 de los ingresos del período impositivo estén sujetos a retención o IRPF Reducciones en los rendimientos netos de los Autónomos en Estimación Directa. 1.-. Reducción por inicio del ejercicio de una actividad económica : El límite del 50% de los ingresos, contenido en el último párrafo del art. 32.3 LIRPF, hace referencia a los ingresos de la actividad económica y no a la totalidad de rendimientos de . 60 219 362 300 141 104 266 100 16